lunes, 25 de febrero de 2013

La Paritaria Nacional Docente genera un convenio marco y no es meramente orientadora



 
La Ley Nacional 26.075 y su Decreto 457/07 fijan todas las cuestiones laborales de todas las jurisdicciones.

No solo tiene sentido "orientador" la paritaria nacional. La paritaria nacional es la que construye el salario y las relaciones laborales de los 960 mil docentes. El decreto 457/07, firmado por el ex Presidente Néstor Kirchner, incluye en Paritaria a todas las cuestiones laborales, entre ellas el salario, de todas las jurisdicciones provinciales

El Sindicato Argentino de Docentes Privados (SADOP) señaló la necesidad de "valorar a la Paritaria Federal Docente" como un ámbito "estratégico de negociación colectiva para el sector docente" y discrepó con el Ministerio de Educación sobre la función de la misma.
Mario Almirón, Secretario General de SADOP, calificó de "errónea" la postura del Ministerio de Educación de la Nación en este tema. "La Paritaria Nacional docente no tiene una función exclusivamente orientadora. En realidad debe cumplir una función normativa: producir el Convenio Marco de la docencia argentina. Así lo dispone el artículo 10 de la Ley 26.075 de financiamiento educativo".
El ex Presidente Néstor Kirchner impulsó este ámbito y mediante el decreto 457/07 le reconoció competencia sobre todos los docentes del sistema educativo nacional. El Decreto dice en su artículo 6: "El convenio marco regulado por el artículo 10 de la Ley Nº 26.075 comprenderá todas las cuestiones laborales generales que integran la relación de empleo de los trabajadores docentes de las jurisdicciones provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, tanto las de contenido salarial como las demás condiciones de trabajo, debiendo considerar como mínimo las siguientes:
a) Retribución mínima de los trabajadores docentes;
b) Materias de índole económica, laboral, asistencial, previsional, y en general las que afecten las condiciones de trabajo, a saber:
I. Condiciones de ingreso a la carrera docente, promoción y capacitación, calificaciones del personal;
II. Régimen de vacantes;
III. Trámites de reincorporaciones;
IV. Jornadas de trabajo;
V. Derechos sociales y previsionales;
VI. Políticas de formación docente y capacitación en servicio;
VII. Representación y actuación sindical."
El titular de SADOP consideró necesario que el Ministerio de Trabajo de la Nación -autoridad de aplicación del Decreto- intervenga en el desarrollo de la Paritaria. Por estos motivos, "coincidimos con los Compañeros de Ctera; la cartera de Trabajo debe intervenir en la negociación paritaria docente y así lo solicitaremos formalmente", afirmó.
Por último SADOP-que convoca a un paro de actividades en todos los establecimientos educativos del país, de todos los niveles y modalidades para este lunes 25 de febrero- expresó su total respaldo a las Seccionales que realizan medidas de protesta de 48 horas en las Provincias de BUENOS AIRES, SANTA FE-ROSARIO y MENDOZA; ante la falta de respuestas a nuestro legítimo reclamo de aumento salarial".
Mario Almirón
Secretario General.
SADOP- CDN

Gerardo Alzamora
Sec. De Comunicación y Prensa.
SADOP- CDN.

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